Despido colectivo (ERE): causas, indemnización y cómo impugnarlo

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¿Qué es un despido colectivo o ERE y qué derechos tengo?

El despido colectivo o ERE es la extinción de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afecta a un número mínimo de trabajadores en 90 días. Te corresponden 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores). Te explicamos qué hacer.

Lo que debes saber si te afecta un ERE

  • Hay despido colectivo si la empresa extingue contratos (despide) durante 90 días por encima de un número determinado de trabajadores afectados según su tamaño.
  • Antes de despedir, debe abrir un período de consultas con los representantes de los trabajadores.
  • La indemnización legal es de 20 días por año, con tope de 12 mensualidades, mejorable en la negociación.
  • Tienes 20 días hábiles para impugnar tu despido.

¿En qué consiste un despido colectivo o ERE?

Respuesta: Es la extinción de contratos de trabajo, promovida por la empresa, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que supera unos umbrales de afectados en un periodo de 90 días. Si no los supera, se trata de un despido objetivo individual, con reglas distintas.

ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es el nombre tradicional del procedimiento de despido colectivo; desde 2012 ya no requiere autorización administrativa. Te lo explicamos con más detalle en qué es un ERE o despido colectivo

Base legal: Artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores


¿Cuántos trabajadores hacen falta para que sea un despido colectivo?

Depende del tamaño de la empresa, siempre en 90 días: 10 trabajadores en empresas de menos de 100; el 10 % de la plantilla entre 100 y 300; y 30 trabajadores en empresas de más de 300. También lo es la extinción de toda la plantilla si afecta a más de cinco trabajadores y la empresa cesa su actividad.

Si tu empresa cierra, mira quién paga tu indemnizaciónLos casos límite y el fraude de ley, en cuándo un despido es colectivo según el número de afectadosSi no llega a las cifras, será un despido objetivo


¿Qué causas permiten a la empresa hacer un ERE?

La empresa debe acreditar una causa económica (pérdidas o caída persistente de ingresos), técnica (cambios en los medios de producción), organizativa (cambios en los sistemas de trabajo) o de producción (cambios en la demanda).

No basta con que la empresa diga que hay una causa: tiene que acreditarla documentalmente (demostrarla).

En Causas del despido colectivo o ERE las explicamos con ejemplos.


¿Cómo es el procedimiento de un despido colectivo?

La empresa comunica el inicio a los representantes y a la autoridad laboral y abre un período de consultas de no más de 30 días naturales (15 si tiene menos de 50 trabajadores). Solo al terminar, con o sin acuerdo, puede notificar los despidos individualmente.

Los pasos, uno a uno, en el procedimiento del ERE según el Estatuto de los Trabajadores


¿Cuánto indemniza un despido colectivo?

Respuesta: Veinte días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades. Es el mínimo legal: durante el período de consultas, la empresa y los representantes pueden pactar una indemnización superior.

Si el despido se declara improcedente, se aplica la indemnización por despido improcedente: calcula la tuyaEl cálculo del ERE, con ejemplos, está en indemnización por despido colectivo o ERE


¿Puedo impugnar un ERE?

Sí. Puedes impugnar tu despido individualmente en 20 días hábiles, y los representantes pueden impugnar el ERE en su conjunto si no concurren las causas o no se siguió el procedimiento. Si el despido colectivo se declara nulo, la empresa debe readmitirte con los salarios dejados de percibir.

Te lo contamos paso a paso en cómo impugnar un ERE o despido colectivo


¿Qué hacer si te incluyen en un ERE?

  1. Pide a tus representantes la información del período de consultas.
  2. Revisa la carta: causa, fecha e indemnización, y firma «no conforme»
  3. No firmes acuerdos ni el finiquito sin asesorarte.
  4. Solicita el paro al SEPE en los 15 días hábiles siguientes al cese.
  5. Impugna en 20 días hábiles: consulta gratis con un abogado laboralista

¿Qué ha cambiado en 2026 en los despidos colectivos?

El Tribunal Supremo declaró nulo un despido colectivo por comunicar tarde a la autoridad laboral el inicio del período de consultas (STS 290/2026, de 24 de marzo). Y el Tribunal de Justicia de la UE resolvió que las extinciones por negarse a un traslado geográfico sustancial no obligatorio cuentan para los umbrales (sentencia de 4 de junio de 2026, C-907/24).

Fuentes: noticia sobre la STS 290/2026 y novedades laborales del segundo trimestre de 2026, según Cuatrecasas


Preguntas Frecuentes sobre el despido colectivo o ERE


En resumen: ¿qué debo saber de un despido colectivo?

  • Es colectivo si supera los umbrales de afectados en 90 días; si no, es objetivo.
  • La empresa debe abrir un período de consultas antes de notificar los despidos.
  • La indemnización legal es de 20 días por año, con máximo de 12 mensualidades.
  • Puedes impugnar tu despido en 20 días hábiles.

Conclusiones

✓ Comprueba si tu caso supera los umbrales y si la empresa acredita la causa.

✓ Firma «no conforme» y no dejes pasar los 20 días hábiles para impugnar.

✓ Con más de 25 años defendiendo a trabajadores, estudiamos tu caso gratis y sin compromiso: llámanos o escríbenos por WhatsApp.


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