Despido Disciplinario e Indemnización
El despido disciplinario es procedente solo si la empresa prueba una falta grave y sigue el trámite legal; si no, es improcedente y tienes derecho a indemnización. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores fija las causas, y desde 2024 el Tribunal Supremo exige además darte audiencia previa. A continuación verás esas causas una a una, el trámite que debe seguir la empresa y qué puedes reclamar.
Lo que debes saber antes de reclamar
- Un despido disciplinario procedente no da derecho a indemnización; uno improcedente, sí.
- La empresa es quien tiene que probar la falta grave que te imputa, no tú quien tiene que demostrar tu inocencia.
- Desde la doctrina del Tribunal Supremo de noviembre de 2024, la empresa debe darte audiencia previa antes de despedirte; si no lo hace, el despido es improcedente.
- Tienes 20 días hábiles para reclamar.
¿Qué consecuencias tiene un despido disciplinario?
Si el despido disciplinario es procedente, no tienes derecho a ninguna indemnización. Pero si la empresa no logra probar la causa, o no sigue el procedimiento exigido, el despido pasa a ser improcedente y sí puedes cobrar.
Los despidos disciplinarios son aquellos en los que la empresa alega que has cometido una falta muy grave de tus deberes laborales. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores especifica qué causas lo justifican.
La empresa siempre tiene que probar sus acusaciones para justificar tu despido
Si la empresa no tiene pruebas de lo que te acusa, tu despido será declarado improcedente y tendrás derecho a cobrar la indemnización que te corresponde.
Base legal: Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores
¿Qué causas justifican un despido disciplinario?
Un despido disciplinario improcedente es el que no se sostiene en ninguna causa válida. Es decir, cuando no ha habido:
- Faltas al trabajo o retrasos continuados
- Insultos o malos tratos de palabra u obra
- Indisciplina y/o desobediencia
- Transgresión de la buena fe contractual
- Alcoholemia o drogadicción
- Acoso laboral o sexual en el trabajo
- Disminución en el rendimiento del trabajo, siempre que sea continuada y voluntaria
Todos los casos anteriores entrarían dentro del despido disciplinario y, por tanto, procedente, siempre que la empresa los acredite y sean lo suficientemente graves como para justificar la extinción del contrato. La justificación del despido se interpreta siempre de forma restrictiva, como último remedio.
¿Es obligatorio que la empresa me escuche antes de despedirme?
Sí. Desde noviembre de 2024, el Tribunal Supremo exige que la empresa te dé audiencia previa antes de un despido disciplinario. Si no lo hace, el despido se considera improcedente.
Durante casi 40 años, la doctrina había sido la contraria. El Tribunal Supremo cambió de criterio a partir de su sentencia de 18 de noviembre de 2024, y lo ha reiterado en varias sentencias de 2025, exigiendo este trámite con fundamento en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT.
Jurisprudencia: Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024, reiterada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de junio de 2025, sobre la obligatoriedad del trámite de audiencia previa en el despido disciplinario.
Un ejemplo habitual, a título ilustrativo: imagina que te despiden por una falta de asistencia, sin que nadie te pregunte antes tu versión de los hechos. Con la doctrina actual, la falta de ese trámite bastaría para que el despido se declare improcedente, incluso si la falta en sí fuera cierta.
¿Cómo reclamo mi despido disciplinario como improcedente?
Reclamamos tu despido disciplinario como improcedente para que puedas cobrar indemnización, y solo cobramos si lo conseguimos.
Dada la gravedad de la situación, si crees que este es tu caso, te aconsejo consultar gratis con un abogado laboralista. Cuéntame tu caso brevemente y te diré qué posibilidades tienes de ganar.
Si no tienes un buen asesoramiento legal para defenderte, puedes perder el dinero de la indemnización que te corresponde, y es tuyo. Para defenderte ante un despido disciplinario, también hay que cumplir los plazos que marca la ley para reclamar tu despido, o consultar el específico para disciplinarios en este artículo sobre el plazo de 20 días hábiles.
Profundiza en cada causa y en cómo reunir pruebas
Si quieres entender a fondo tu situación concreta, tienes un artículo dedicado a cada causa y a cada aspecto del procedimiento:
- Qué es el despido disciplinario y cómo reclamarlo, guía general.
- Las causas del despido disciplinario procedente, explicadas en detalle.
- El preaviso en los despidos por faltas de asistencia.
- Si te han despedido a partir de una grabación de cámaras de seguridad.
- Si la empresa usa tus WhatsApp como prueba en el juicio.
Preguntas Frecuentes sobre el despido disciplinario
Desde la nueva doctrina del Tribunal Supremo, si la empresa no te da ese trámite antes de un despido disciplinario, el despido se considera improcedente.
La empresa. Es ella quien tiene que probar que cometiste la falta grave que alega en la carta de despido.
20 días hábiles desde que te lo notifican, empezando por la papeleta de conciliación.
33 días de salario por año trabajado desde 2012 (45 días antes de esa fecha), con un máximo de 24 mensualidades.
Sí, firmar solo acredita que la has recibido, no que estés de acuerdo con su contenido. Añade siempre "no conforme" junto a tu firma.
En resumen: ¿cuándo cobro por un despido disciplinario?
- Si la empresa prueba la causa y sigue el procedimiento, el despido es procedente y no cobras indemnización.
- Si no la prueba, o no te da audiencia previa, el despido es improcedente y sí cobras.
- La indemnización es de 33 días por año trabajado desde 2012 (45 antes), con tope de 24 mensualidades.
- Tienes 20 días hábiles para reclamar.
Conclusiones
✓ Un despido disciplinario solo es válido si la empresa prueba una causa grave y sigue el trámite legal.
✓ Desde 2024, la falta de audiencia previa convierte el despido en improcedente por sí sola.
✓ Si el despido es improcedente, tienes derecho a indemnización, aunque hayas firmado la carta.
✓ Añade siempre "no conforme" junto a tu firma en cualquier documento que te hagan firmar.
✓ Tienes 20 días hábiles para reclamar: no los dejes pasar.
✓ Consulta tu caso con un abogado laboralista antes de decidir nada.
Julio González [Abogado Laboralista]
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