¿Tienes derecho a indemnización al acabar un contrato de formación?

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¿Tienes derecho a indemnización al acabar un contrato de formación?

Al terminar correctamente un contrato de formación en alternancia no corresponde la indemnización de 12 días por año propia de determinados contratos temporales. El Estatuto de los Trabajadores excluye a los contratos formativos de esa indemnización. Sin embargo, si existe fraude o incumplimiento de la formación, la relación puede ser indefinida y su extinción puede constituir un despido improcedente.

Lo que debes saber antes de reclamar

  • La finalización válida de un contrato formativo no genera automáticamente una indemnización de 12 días por año.
  • El fraude o incumplimiento formativo puede convertir la relación en indefinida (como si tuvieses un contrato indefinido).
  • Debe existir formación y un programa formativo individual.
  • Si la extinción es un despido, el plazo para reclamar es de 20 días hábiles.

¿Cuándo puede ser ilegal un contrato de formación?

Puede ser fraudulento cuando se utiliza para cubrir un puesto ordinario sin verdadera finalidad formativa o cuando se incumplen las obligaciones de formación. En ese caso, la relación puede considerarse indefinida.

El trabajo debe estar coordinado con la formación y existir un programa formativo individual. Por eso, no basta con el nombre del contrato: hay que comprobar qué trabajo se realizó y qué formación recibió la persona trabajadora.


¿Qué pasa si la empresa no cumple la formación?

El incumplimiento formativo puede convertir el contrato en indefinido. El Estatuto de los Trabajadores contempla esta consecuencia y permite impugnar la extinción posterior como despido.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia 38/2025, de 16 de enero, consideró fraudulento un contrato para la formación y el aprendizaje de nueve meses en el que no se había impartido la formación preceptiva. Al considerar que la contratación debía entenderse indefinida, la extinción por el supuesto vencimiento del contrato fue calificada como despido improcedente. Puedes consultar más abajo el enlace a la resolución oficial del Consejo General del Poder Judicial.

Que el contrato tenga una fecha de finalización no significa necesariamente que la relación laboral pueda extinguirse válidamente en esa fecha.

Este tipo de casos demuestra que no basta con revisar la fecha que aparece en el contrato. También hay que comprobar si la empresa cumplió la finalidad formativa y si las funciones realizadas correspondían al programa.

Base legal: artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores

Jurisprudencia: STS 38/2025, de 16 de enero (rec. 2297/2024; ECLI: ES:TS:2025:153).


¿Tengo derecho a indemnización al acabar el contrato?

Si el contrato formativo termina válidamente por expiración, no corresponde la indemnización de 12 días por año. El artículo 49 del Estatuto excluye a los contratos formativos de esa indemnización.

La respuesta cambia si la contratación era fraudulenta o la extinción constituye un despido. El régimen actual establece una duración de tres meses a dos años para el contrato de formación en alternancia.

Ejemplo: si no recibiste la formación prevista y realizabas funciones ordinarias ajenas al programa, conviene revisar la extinción antes de aceptarla como una simple finalización contractual.

Base legal: artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores

Normativa actual: Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre


¿La empresa tiene que avisarme con 15 días?

No todos los contratos formativos tienen automáticamente un preaviso de 15 días. El artículo 49 establece ese mínimo cuando el contrato de duración determinada es superior a un año y se denuncia su terminación. Debe revisarse además el convenio colectivo.

Por eso, el criterio del texto antiguo según el cual cualquier contrato de aprendizaje exige siempre 15 días debe actualizarse a la normativa vigente.


¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me despiden?

El plazo para reclamar contra un despido es de 20 días hábiles desde que se produce. Es un plazo de caducidad que no puede ampliarse.

Conserva el contrato, el plan formativo, nóminas, horarios y comunicaciones relacionadas con la extinción. Esta documentación puede ser importante para demostrar cómo se desarrolló la relación laboral.

Base legal: Artículo 103 de la Ley reguladora de la jurisdicción social


Preguntas Frecuentes sobre indemnización por fin de contrato de formación


En resumen: ¿cuándo puedo reclamar una indemnización?

  • La finalización válida de un contrato formativo no genera 12 días por año.
  • El fraude o incumplimiento formativo puede convertir el contrato en indefinido.
  • Si la extinción es un despido, puede reclamarse su improcedencia.
  • El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles.

Conclusiones

✓ Si te han comunicado el fin de un contrato de formación, comprueba primero el contrato y cómo se ha ejecutado.

✓ La formación debe estar relacionada con el trabajo. Si no se cumple esta finalidad, puede existir fraude.

✓ Si la extinción puede ser un despido, actúa con rapidez porque el plazo de reclamación es limitado.

Julio González [Abogado Laboralista]



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