Despido Objetivo por Causas Económicas ¿Qué hacer?: Poner una Demanda por Despido Improcedente

Despido Objetivo por Causas Económicas resulta ser Improcedente.
Resolución de un Caso Real I

La consulta de nuestra cliente:
«Me han despedido por causas económicas y no estoy de acuerdo»

⚖ Una trabajadora de un geriátrico, acudió a nuestro despacho para solicitar asesoramiento por despido objetivo improcedente. Su empresa la había despedido alegando causas objetivas, en concreto, causas económicas.

La trabajadora no estaba conforme con esta decisión, y quería saber si podía demandar a su empresa, impugnando su despido como improcedente.

Podría tratarse de un despido objetivo en fraude de ley

Después de estudiar su caso, vimos que la empresa había cometido varias irregularidades tanto en el cumplimiento del contrato de trabajo como en el posterior despido objetivo.

Había razones y fundamento para accionar contra su despido, así que aconsejamos a la trabajadora demandar a la empresa por despido improcedente.

Incumplimientos e irregularidades en el contrato de trabajo y en su despido objetivo

Tras estudiar la documentación que nos aportó la trabajadora, pudimos observar que:

Contrato de trabajo y Convenio Colectivo

1. La empresa no estaba cumpliendo lo dispuesto en el Convenio Colectivo de aplicación en relación con su salario:

No le pagaban conforme al Convenio

La trabajadora tenía la categoría profesional de Gerocultora, sin embargo el salario que le pagaba era inferior al que establecía el Convenio Colectivo de Residencias de la Tercera Edad.

Este dato es de suma importancia, pues permite iniciar una reclamación a la empresa por las cantidades adeudadas por las diferencias salariales que hay entre lo que la empresa le pagaba y lo que marca el Convenio Colectivo que debe pagarle para su categoría profesional.

Cálculo de la indemnización por despido objetivo

Por otro lado también permite impugnar el despido de la trabajadora ya que la indemnización ofrecida por el despido objetivo estaba mal calculada.

La indemnización que le daban por su despido objetivo era incorrecta

Ese error de cálculo en la indemnización, no es un simple error aritmético, o excusable, sino que se debe a la voluntad consciente de la empresa de no cumplir con lo estipulado en el Convenio Colectivo de aplicación al no pagar a la trabajadora el salario correspondiente a su categoría profesional.

Este incumplimiento puede suponer que el despido sea calificado como improcedente.

Irregularidades en la carta de despido

2. La carta de despido se le entregó a la trabajadora dos días después de la fecha que ponía como fecha de efectos del despido en la propia carta.

 

La fecha de despido de la carta era errónea

La entrega de la carta después de la fecha de efectos del despido, supone que el despido realmente se ha realizado cuando a la trabajadora se le hace entrega de la carta y no antes de su conocimiento, siendo esta por tanto la fecha de efectos del mismo.

No habían cumplido con el preaviso

Además, estaba fechada 15 días antes de su entrega a la trabajadora.

Esto lo hicieron para intentar simular que se había cumplido con el preaviso de 15 días que la legislación impone obligatoriamente para esta clase de despidos objetivas por causas económicas.

Despido objetivo SIN Preaviso

El incumplimiento del plazo de 15 días de preaviso, supone que a la trabajadora la empresa le debe pagar 15 días de salario más.

Despido colectivo sin seguir los trámites obligatorios

3. La empresa, además había procedido a despedir, el mismo día y por los mismo motivos al resto de los trabajadores de la empresa y lo había hecho sin someterse a ningún expediente de regulación de empleo ERE y sin seguir los trámites que exige el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 51.

Un Despido colectivo encubierto es un Despido Nulo

Es decir, que en realidad nos encontrábamos ante un despido colectivo encubierto en el que no se habían llevado las tramitaciones y formalidades previstas para el mismo.

Este hecho hizo que en la demanda solicitáramos la nulidad del despido.

Causas económicas no demostradas

4. La empresa tampoco justificaba suficientemente, en la carta de despido, los motivos o causas económicas alegados.

Las causas económicas del despido objetivo eran falsas

En la carta de despido, la empresa se limitaba a indicar que había tenido unos resultados económicos negativos tan solo en un mes, y no aportaba ni un solo dato contable, ni de ningún otro tipo que justificara el despido de la trabajadora.

No se demostraba, por tanto, que se hubiera producido una disminución persistente en el nivel de ingresos ordinarios o de ventas de la empresa.

Demanda por despido improcedente

Pedimos despido improcedente

Por este motivo de fondo, así como por el incumplimiento de los más elementales requisitos de forma para proceder al despido, que exige la normativa vigente en la materia, es por lo que se solicitó la improcedencia del despido.

Reclamación de las cantidades de dinero que la empresa le debía

Reclamamos además las cantidades de dinero correspondientes

5. A la demanda de despido nulo o subsidiariamente improcedente, unimos la reclamación de las cantidades que la empresa adeudaba a la trabajadora en el momento del despido. Esto es, las vacaciones que tenía pendientes de disfrutar, así como la nómina del último mes trabajado.


A&G, Ayala y González Abogados

♜ Defensa en Despidos: los Abogados Laboralistas en Madrid de Ayala y González Abogados.

Somos un despacho especializado en Derecho Laboral, con mas de 25 años de experiencia profesional en la defensa de los derechos de trabajadores/as.

No te quedes con dudas, llama

Llámame y hazme tu consulta. No tienes nada que perder y sí, mucho que ganar.

915 91 40 43

✉ Si tienes dudas, pregúntame: soy Julio González, Abogado Laboralista con despacho en Madrid. CONSULTA gratuitamente tu caso conmigo ➨


Sentencia relacionada

En un grupo de empresas la omisión en la carta de comunicación del despido objetivo por causas económicas de la información económica de una de las empresas integrantes provoca la declaración de improcedencia del despido

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, aceptas el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más info sobre Cookies
Privacidad