Qué hacer si tu empresa te despide
¿Acabas de recibir la comunicación por parte de tu empresa de que te han despedido y ya no cuentan contigo?
¿No estás seguro de lo que tienes qué hacer? ¿Desconoces qué documentación tienen que darte?
EL DESPIDO, CÓMO AFRONTARLO. Para contestar a estas y otras preguntas que seguramente te estés haciendo en este momento; te vamos a dar unos sencillos CONSEJOS prácticos que debes seguir si tu empresa te ha comunicado tu despido.
Cómo actuar ante un despido
1.- Lo normal es que la empresa te comunique el despido POR ESCRITO, entregándote una carta.
Una vez recibida la carta de despido, léela con la mayor tranquilidad que puedas. En esta carta vienen expresados los motivos por los cuales la empresa ha decidido despedirte y prescindir de tus servicios.
Puedes FIRMAR esta carta si quieres, pues ello NO supone que reconozcas los motivos por los cuales te despiden. Es simplemente prueba de que la has recibido.
Aunque ello es así, y para que no te líes, nosotros siempre ACONSEJAMOS a nuestros clientes que firmen, tanto la carta de despido como el finiquito o cualquier otra documentación que te den, como NO CONFORME.
2.- Es muy importante que te quedes con una COPIA de la carta de despido
La carta de despido es uno de los DOCUMENTOS más importantes con los que va a contar tu abogado para diseñar tu defensa.
En caso de que demandes a tu empresa por no estar conforme con tu despido, la empresa no podrá alegar en el juicio motivos diferentes a los recogidos en la carta de despido. Debiendo acreditar ante el juez los motivos por los que se te despide
Si no lograra hacerlo, tu despido sería calificado como improcedente o nulo, dependiendo del caso.
También es importante que tu abogado tenga una copia de la carta de despido, pues es muy frecuente que la carta contenga ERRORES de forma, que por sí mismos, determinen la improcedencia del despido.
Por todo ello:
QUÉDATE SIEMPRE CON COPIA DE LA CARTA DE DESPIDO
3.- Además deberán darte otro documento conocido como FINIQUITO o LIQUIDACIÓN
En este documento vienen reflejadas las cantidades que tienes pendiente cobrar hasta la fecha del despido
(salario por los días trabajados, vacaciones y prorrata de pagas extras, entre otros)
Es muy importante que este documento lo firmes SIEMPRE como NO CONFORME.
Si firmaras solamente sin añadir esta coletilla, y luego te dieras cuenta de que el finiquito está mal calculado, es muy probable que ya no puedas reclamar nada.
4.- En determinados modalidades de despido existe la obligación de PREAVISAR al trabajador
Esto se da en los despidos por causas objetivas y en las notificaciones por fin de contrato temporal, si viene así dispuesto en Convenio Colectivo.
El Estatuto de los Trabajadores dice que el plazo de PREAVISO es de 15 días, pero los convenios colectivos pueden fijar plazos distintos.
COMPRUEBA siempre la Fecha de Despido
Por ello es importante que al leer la carta de despido te fijes en la FECHA en la que la empresa pone que te notifica tu despido. En no pocas ocasiones, y existiendo la obligación de preavisar al trabajador, la empresa pone una fecha distinta para evitar las consecuencias de no haberte preavisado con la suficiente antelación.
Por eso te aconsejamos que junto a tu firma y la coletilla de NO CONFORME, indiques también la fecha en la que te están comunicando que te han despedido.
La falta de preaviso, no determina que tu despido sea improcedente, pero sí que la empresa te tenga que pagar los días por los que no cumplió el preaviso.
5.- Recoge toda esta documentación y dirígete lo antes posible a un abogado laboralista especialista en despidos.
Tienes que tener en cuenta que para reclamar tu despido tienes tan solo 20 días hábiles, por lo que es muy importante que consultes CUANTO ANTES con un abogado especializado en derecho laboral y en despidos.
Tu abogado estudiará tu despido, viendo si la carta tiene defectos de forma y de fondo y hará un calculo de la indemnización que te corresponde y de tu finiquito, sabiendo así, si la empresa lo ha calculado mal e iniciando en consecuencia las acciones judiciales oportunas a fin de reclamar que la empresa cumpla con sus obligaciones y que te pague TODO el dinero que te corresponde.
6.-Para reclamar contra tu despido, tu abogado interpondrá lo que se conoce como Papeleta de Conciliación
Este es un trámite administrativo OBLIGATORIO y PREVIO a la interposición de una demanda ante el juzgado de lo social.
Se celebra ante el correspondiente Servicio de Mediación y Arbitraje, (SMAC; en Madrid está en la Plaza de los Cubos, junto a la Plaza de España). Ante él acudiréis trabajador y empresa para intentar llegar a un acuerdo.
Es un acto se suma importancia, que muchos trabajadores se aventuran a presentar solos, sin el asesoramiento de ningún abogado.
Esto es un grave ERROR, ya que debéis saber que en caso de que finalmente tengáis que interponer demanda ante los juzgados de lo social, en esta no se podrán alegar hechos distintos a los que hayáis puesto en el escrito de la papeleta de conciliación.
Por lo tanto una mala redacción de la papeleta de conciliación, o que esta vaya INCOMPLETA por no haber reclamado todo aquello que deberíais haber pedido, hará que con mucha probabilidad el juzgado os desestime vuestra posterior demanda.
Por lo tanto, nuestro consejo es que PRESENTES SIEMPRE LA PAPELETA DE CONCILIACIÓN ASESORADO POR UN ABOGADO ESPECIALISTA EN DESPIDOS.
7.- Pon una DEMANDA por despido si no te reconocen tus derechos
Si NO llegais a un acuerdo con la empresa en el Acto de Conciliación Administrativa, no cabrá otro remedio que interponer la demanda en reclamación de despido y en su caso en reclamación de cantidad, ante los juzgados de lo social.
PLAZO para interponer la demanda
La demanda ha de interponerse antes de que hayan transcurrido 20 días hábiles desde la fecha en que te han despedido.
Hay que DESCONTAR los días que ya hayas utilizado para presentar la papeleta de conciliación.
EJEMPLO:
Es decir que si para presentar la papeleta de conciliación consumiste, por ejemplo, 10 días hábiles, y no hubieras llegado a ningún acuerdo en este acto, tan solo dispondrás de otros 10 días hábiles más para presentar la demanda ante el juzgado de lo social.
Por lo tanto, resumiendo, nuestros CONSEJOS si te han despedido son:
1 – LEE con tranquilidad tu carta de despido y observa si en tu liquidación te están reconociendo TODOS los conceptos que te tienen que pagar.
2 – Quédate siempre con una COPIA de la carta de despido y de tu finiquito. Si no lo tienes claro y no estas conforme con los motivos de tu despido, o crees que no te están pagando la indemnización y tu finiquito correctamente, no te preocupes, pide a la empresa una copia de todos esos documentos para que te los pueda estudiar un abogado.
3 – FIRMA todos los documentos que te de la empresa en el momento de tu despido con la coletilla «NO CONFORME«, añadiendo además la FECHA en la que te entregan esos documentos.
4 – Recoge toda esa documentación y busca ASESORAMIENTO con un abogado especializado en laboral a la mayor brevedad posible.
Recuerda que tan solo cuentas con un PLAZO de 20 días hábiles para reclamar contra el despido.
5 – Deja que tu abogado haga el resto.
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